martes, 23 de octubre de 2012

caso del rechazo del paciente

PROCEDER ANTE UN RECHAZO DE TRATAMIENTO
Caso:
Un niño de 11 años, en el sur de Chile fue tratado hace dos años con quimioterapia por una Leucemia Linfoblástica Aguda, con buen resultado inicial. Sin embargo ahora presenta una recaída extramedular tardía con compromiso sólo testicular, que si se trata con nueva quimioterapia tiene posibilidad de curación estimada en más del 50%. Sin embargo el niño, después de su experiencia con la quimioterapia anterior, se habría negado a someterse al mismo procedimiento. Es apoyado por su madre, quien rechaza el tratamiento y acude a medicinas alternativas en la creencia de su eficacia. Ante esta situación el médico tratante presentó un recurso de protección que fue acogido por el juez obligando a su tratamiento. Este dictamen fue apelado a la Corte, tribunal que lo revocó, estableciendo que “la situación se enmarca dentro de aquellos casos en que el Estado no puede -ni moral ni jurídicamente-, imponer un tratamiento médico que tiene altos costos humanos y poca garantía de efectividad”. 

La responsabilidad de los padres en relación a la salud de sus hijos ha sido ampliamente estudiada. El criterio general es que se presume que ellos siempre actuarán buscando la protección de su vida y no rehusando tratamientos que son necesarios. El clásico caso Baby Doe y la doctrina jurídica que le siguió, limitando la autoridad de los padres, es paradigmático en este tema. Sin embargo lo que siempre se debe buscar es una decisión compartida entre los médicos y los padres con la aceptación del hijo. Consecuentemente, la calidad de la comunicación y de la relación clínica son claves para el éxito. Es evidente que, por razones diversas, en estos casos la relación clínica fracasó. Así, quebrada la relación de confianza, se acude a recursos legales que son necesarios sólo en situaciones excepcionales, esta vez con resoluciones contradictorias en el caso chileno. 

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