martes, 4 de diciembre de 2012

Confidencialidad como derecho del paciente


 SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.

Confidencialidad ante todo:

Ante la enfermedad: 
Como paciente tiene derecho a  
• Recibir información veraz y comprensible 
• No ser informado y derivar la información 
a quien usted designe 
• Limitar la información que se dé a sus 
familiares 
• Emitir el Documento de Instrucciones 
Previas 
Como profesional sanitario debe :
• Informar al paciente sobre el diagnóstico, 
pronóstico, alternativas de tratamiento, así 
como de posibles riesgos o secuelas 
• Informar con la verdad al paciente (si él lo 
demanda y quiere), aun en contra de la 
opinión de su familia 
• Solicitar su consentimiento en cuanto a 
las decisiones relativas a su enfermedad 
• Evitar discriminaciones 
• Respetar los valores de su paciente 
• Conocer su documento de Instrucciones 
Previas (Voluntades Anticipadas) 

En el Hospital 
Como paciente tiene derecho a 
• La confidencialidad de sus datos 
• Un trato digno 
• Intimidad física, psíquica y social 
• Que se designe un representante en 
situaciones de incapacidad 
Como profesional sanitario debe 
• Proteger la información recibida, evitando 
que sea accesible a personas no 
autorizadas o trascienda a medios 
públicos 
• Emplear solo datos codificados para 
denominar a un paciente en lugares 
públicos. 
• Evitar comentarios sobre pacientes en 
lugares públicos 

De la Historia Clínica 
Como paciente tiene derecho a 
• Acceder a sus datos clínicos y rectificarlos 
si procede 
• Decidir con quién quiere compartir sus 
datos clínicos 
• Permitir o denegar el uso de sus datos 
para fines no asistenciales o distintos para 
los que se obtuvieron (investigación etc) 
• Limitar, en caso de fallecimiento, el 
posterior acceso a sus datos clínicos 
Como profesional sanitario debe 
• Recoger adecuadamente los datos 
clínicos y utilizarlos en soportes de 
calidad. 
• Pedir el consentimiento para uso no 
asistencial de datos e imágenes 
• Procurar que la circulación de los datos se 
haga garantizando la confidencialidad. 


Ver mas... http://www.hca.es/huca/web/contenidos/websdepartam/com_etic/confidencialidad.pdf


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