martes, 4 de diciembre de 2012

Datos contenidos en la historia clinica.


La historia clínica es el documento médico legal que contiene todos los datos psicobiopatológicos de un
paciente. Es importante reiterar el valor legal, es decir sujeta a los preceptos o mandatos de la Ley en
cuanto a la veracidad de su contenido.


Esta constituida por dos partes:
  1. Interrogaorio.
  2. Exploraicon fisica.
El interrogatorio o anamnesis es el arte que aprende y desarrolla el médico para averiguar y conocer a
través del relato oral o gesticulaciones, datos fundamentales para el diagnóstico de la enfermedad actual y su contenido es el siguiente:
  • Ficha de identificacion.
  • Antecedentes heredo-familiares.
  • Antecedentes personales no patologicos.
  • Antecedentes personales patologicos.
  • Antecedentes gineco-obstetricos.
  • Padecimiento actual.
  • Interrogatorio por aparatos y sistemas.

 El examen físico es el conjunto de destrezas y habilidades que aprende y desarrolla el médico para reconocer por la inspección, palpación, percusión y auscultación, características de normalidad y/o detectar la presencia de signos que identifican enfermedad. Esta constituido por:

  • Aspecto general.
  • Signos vitales.
  • Somatometria.
  • Cabeza (craneo y cara)
  • Cuello.
  • Torax.
  • Abdomen.
  • Extremidades
  • Genitales.
  • Ano y recto.
  • Exploraciones especiales.
  • Estudios de laboratorio.


Para mayor informacion:
  1. http://www.nlm.nih.gov/medlineplus/spanish/personalhealthrecords.html
  2. http://www.eneo.unam.mx/servicioseducativos/materialesdeapoyo/obstetricia1/TEMAS/HISTORIACLINICA.pdf
  3. http://www.isea.gob.mx/Formatos/SS101554.pdf

informacion sensible del expediente clinico


DATOS SENSIBLES DEL EXPEDIENTE CLINICO

Las modernas tecnologías de la informática y el hecho de que normalmente es un equipo interdisciplinario de salud el que  atiende al paciente obliga no sólo a que las anotaciones  de todos los funcionarios sean claras sino también a compartir la información de éste. El manejo correcto de expediente clínico obliga a que el personal de salud comparta la información del paciente.

Este deber se extiende a todo lo relativo a los resultados de las exploraciones y pruebas prácticas, así como al diagnóstico, pronóstico y a la enfermedad misma y al tratamiento del paciente, incluso al hecho de la hospitalización.  

La confidencialidad acepta excepciones con la condición de que se tutelen valores jurídicamente superiores, se respeten los derechos humanos y  que la finalidad tienda a proteger la Salud Pública.

1.- Indudablemente el consentimiento expreso del interesado, si es adulto, o de sus representantes legales si es un menor de edad o un incapacitado, releva de tal obligación  en los términos en que alcanza dicha obligación.

2. - Por otra parte, tampoco supone ninguna violación del deber de secreto de transmisión de información  relativa al paciente a otros facultativos o profesionales sanitarios en el medio hospitalario cuando esa medida sea necesaria para la realización de pruebas o de otros tratamientos acompañantes para garantizar la calidad de la atención médica al paciente. Por razones de Salud Pública es posible divulgar información a otros profesionales de la Medicina - e incluso a otras personas- con el fin de que se establezcan medidas de prevención dirigidas al control de una enfermedad y a evitar su contagio. Se intenta defender un interés colectivo frente a uno individual.

bibliografia:
http://www.binasss.sa.cr/revistas/rldmml/v2-3n2-1/art3.pdf

Confidencialidad como derecho del paciente


 SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD.El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.

Confidencialidad ante todo:

Ante la enfermedad: 
Como paciente tiene derecho a  
• Recibir información veraz y comprensible 
• No ser informado y derivar la información 
a quien usted designe 
• Limitar la información que se dé a sus 
familiares 
• Emitir el Documento de Instrucciones 
Previas 
Como profesional sanitario debe :
• Informar al paciente sobre el diagnóstico, 
pronóstico, alternativas de tratamiento, así 
como de posibles riesgos o secuelas 
• Informar con la verdad al paciente (si él lo 
demanda y quiere), aun en contra de la 
opinión de su familia 
• Solicitar su consentimiento en cuanto a 
las decisiones relativas a su enfermedad 
• Evitar discriminaciones 
• Respetar los valores de su paciente 
• Conocer su documento de Instrucciones 
Previas (Voluntades Anticipadas) 

En el Hospital 
Como paciente tiene derecho a 
• La confidencialidad de sus datos 
• Un trato digno 
• Intimidad física, psíquica y social 
• Que se designe un representante en 
situaciones de incapacidad 
Como profesional sanitario debe 
• Proteger la información recibida, evitando 
que sea accesible a personas no 
autorizadas o trascienda a medios 
públicos 
• Emplear solo datos codificados para 
denominar a un paciente en lugares 
públicos. 
• Evitar comentarios sobre pacientes en 
lugares públicos 

De la Historia Clínica 
Como paciente tiene derecho a 
• Acceder a sus datos clínicos y rectificarlos 
si procede 
• Decidir con quién quiere compartir sus 
datos clínicos 
• Permitir o denegar el uso de sus datos 
para fines no asistenciales o distintos para 
los que se obtuvieron (investigación etc) 
• Limitar, en caso de fallecimiento, el 
posterior acceso a sus datos clínicos 
Como profesional sanitario debe 
• Recoger adecuadamente los datos 
clínicos y utilizarlos en soportes de 
calidad. 
• Pedir el consentimiento para uso no 
asistencial de datos e imágenes 
• Procurar que la circulación de los datos se 
haga garantizando la confidencialidad. 


Ver mas... http://www.hca.es/huca/web/contenidos/websdepartam/com_etic/confidencialidad.pdf


Justificar Las Excepciones a la Confidencialidad


Que es la Confidencialidad?

Confidencialidad: el término significa “lo que se hace o dice en confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas”. Así se denomina al derecho del paciente a que todos aquellos que lleguen a conocer datos relacionados con su persona, por su participación directa 
o indirecta en las funciones propias de las instituciones sanitarias, respeten su intimidad y cumplan con el deber de secreto. La salvaguarda de la confidencialidad es un deber de la institución, responsable de garantizar la protección de los datos frente a un mal uso o acceso injustificado a los mismos.


Lo Que Debemos Saber

Desde los tiempos de Hammurabi, 2500 años antes de Cristo, las 
normas de ética médica han hecho referencia a la obligación de guardar 
secreto. El Juramento Hipocrático hace 24 siglos, recogía: “Guardaré 
silencio sobre todo aquello que en mi profesión, o fuera de ella, oiga o vea 
en la vida de los hombres que no tenga que ser público, manteniendo estas 
cosas de manera que no se pueda hablar”. El secreto profesional es, por 
tanto, un deber asumido desde siempre por todos los médicos, 
independientemente de las características de su profesión. No sería hasta 
los siglos XVIII y XIX cuando se empezara a considerar el cumplimiento del 
deber de secreto como un derecho de las personas. Así, la confidencialidad 
es un derecho de los pacientes, constituyendo su salvaguarda un deber de 
la institución en su conjunto y un elemento más de la calidad de la 
asistencia.

Marco ético de referencia 

Históricamente se ha considerado que los profesionales de la salud 
tienen la obligación ética de mantener el secreto de todo aquello que 
conocen en el ejercicio de su profesión. Con esta confianza el paciente se 
acerca a su médico. Sin embargo, en nuestro tiempo se han planteado 
excepciones al deber de confidencialidad, justificadas por el deseo de evitar 
graves daños al propio paciente o a terceras personas.

Las Excepciones

Una fundamentación exclusiva  de la confidencialidad en la 
autonomía del paciente plantea problemas con aquellos que sufren 
limitaciones o carecen de ella, pudiendo llegar a ser una obligación muy 
poco exigente en algunas situaciones, como cuando se ha producido una 
pérdida irreversible de las funciones mentales. Del mismo modo, algunas 
informaciones podrían ser reveladas por considerar que no afectan a la vida 
del paciente, lo cual añade el problema de tener que determinar cuándo una 
información puede afectar a la vida presente o futura de un determinado 
paciente. Debe recordarse, a este respecto, que el secreto médico se 
fundamenta básicamente en el respeto a la persona. Por eso no 
corresponde al facultativo, ni a sus colaboradores, juzgar lo que es o no 
importante para cada paciente, a la hora de decidir si se puede divulgar o 
no, o si se debe proteger más o menos.
Una segunda razón que justifica el deber de secreto es la existencia de 
un pacto implícito en la relación clínica. Esta promesa tácita de discreción 
puede entenderse como un auténtico contrato según el cual se intercambia 
información, propiedad del paciente, con la condición de que sea utilizada 
exclusivamente para su atención sanitaria. Este enfoque sirve para prevenir 
las indiscreciones del personal sanitario, que no tiene derecho a desvelar 
nada de lo conocido en la consulta, porque es propiedad privada del paciente. Pero en el caso de pacientes que carecen de autonomía, este 
argumento no ayuda a justificar el deber de confidencialidad, dado que un 
contrato exige capacidad de decisión por ambas partes, y el paciente no la 
tiene.
Una tercera razón que justifica el deber de secreto seria - Para evitar un daño al propio paciente: En pacientes que tienen afectada la autonomía por su estado mental, o 
en niños, no habría problemas para justificar excepciones al deber de secreto 
para evitarles un daño si fundamentamos la confidencialidad sólo en el 
respeto a la autonomía. Sin embargo, el fundamento del compromiso implícito 
con el paciente obligaría a mantener  la discreción.

Para Saber Mas:
http://www.slideshare.net/narigu/confidencialidad-en-la-historia-de-salud-digital-diraya#btnNext
http://www.slideshare.net/Kaierleiki/fcs-confidencialidad#btnNext
http://www.wma.net/es/30publications/30ethicsmanual/pdf/chap_2_es.pdf
http://www.institutodebioetica.org/cursoeticagratuito/modulo4/Unidad%204%20Confidencialidad%20y%20Secreto%20Profesional.pdf


MANEJO ADECUADO DE LOS DATOS DE LA HISTORIA CLINICA


La Historia Clínica es un documento privado, confidencial, testimonio legal, de obligatorio diligenciamiento. Registro de la evolución de las condiciones orgánicas de las personas, indispensable para el ejercicio profesional de las Ciencias de la Salud. La Historia Clínica se inicia con la valoración del paciente por primera vez, registra la evolución cronológica de la atención en salud del paciente y se va construyendo a través del tiempo en la medida que se van documentando los aspectos de la relación médico-paciente.



El ingreso de toda historia o documento anexo a la misma se deberá realizar a través de una relación de entrega. El funcionario quien recibe, deberá verificar: Número de historia clínica - Nombre a quien pertenece - Número de folios que componen la historia clínica
Foliación de Historias Clínicas. Las Historias Clínicas serán foliadas con números arábigos consecutivos comenzando por la primera hoja diligenciada y continuando en orden secuencial cronológico con las hojas subsiguientes.

Registro General de Historias Clínicas. Se mantendrá una base de datos de los pacientes atendidos, se debe organizar la información básica sobre los pacientes, en archivo Excel en cual incluirá: Fecha de atención de primera vez, número de Historia Clínica, apellidos y nombres del paciente.

ARCHIVO DE HISTORIAS CLÍNICAS. 
La historia clínica junto con el resultado de exámenes diagnósticos, anexos serán dispuestas en un fólder legajador con gancho; el cual será marcado en la portada exterior con el numero de identificación y nombre del paciente. Serán archivadas archivo vertical que estará situado en el área recepción administrativa de la Clínica. 


REGISTRO DE INGRESO Y SALIDA. 
Para el registro diario de ingreso y salida de las Historias Clínicas la Administradora de Clínica y los Asistentes de Administración de Clínica llevarán un registro en el cual se diligencia el número de la Historia entregada. Dicho formato contendrá, como mínimo la siguiente información: Número de la Historia Clínica, fecha de entrega; fecha de devolución, firma del responsable en ambos casos y firma de quien la entrega y recibe. Este diligenciamiento es obligatorio y las planillas se conservan en un fólder con legajador de forma cronológica para efectos de cualquier investigación.
En caso de solicitud de préstamo de historia clínica a otras dependencias, profesional o estudiante para consulta se debe contar con orden de autorización firmada por el Director de Clínica y como soporte mantener una planilla de préstamos independiente la que debe incluir los siguientes datos: número de la historia clínica, número de folios, fecha y hora de entrega, destino de salida (Dirección de Programa, auditoría, comité de Historias Clínicas, comité de Vigilancia Epidemiologia, área Jurídica), número de días del préstamo, firma del profesional, estudiante o funcionario autorizado que recibe la historia, firma de Administradora de clínica o Asistente de administración de clínica. Siempre se dejará constancia de los fines de la consulta (contestación de demandas, tutelas, requeridos por el comité de historias clínicas, por comité de vigilancia epidemiológica, Dirección del Programa de Odontología, o área jurídica, contestación de objeciones requeridos por el área de auditoria de cuenta, investigaciones). En el momento exacto que sea devuelta la historia obligatoriamente se debe verificar sus folios y proceder a hacer el descargue en la misma planilla donde se anotará fecha y hora de devolución, firma de Administradora de Clínica o Asistente de Administración de Clínica Vencido el plazo solicitado para el préstamo la Administradora de Clínica clínico deberá hacer exigible su devolución inmediata y reportar al Director de Clínica y Comité de Historias Clínicas, para trámite de solicitud formal. Si el interesado desea copias o fotocopias, éstas deberán ser autorizadas por el Director de Clínica.

CUSTODIA DE LA HISTORIA CLÍNICA. 
La custodia de la historia clínica es responsabilidad del prestador de servicios de salud que la generó en el curso de la atención. El archivo de historias clínicas es un área restringida, con acceso limitado al personal de salud autorizado, conservando las historias clínicas en condiciones que garantizan la integridad física y técnica, sin adulteración o alteración de la información.

Saber más:
http://www.sanmartinbaq.edu.co/doc/CLI-Manual_Manejo_Historias_Clinica_FUSM.pdf
http://www.osakidetza.euskadi.net/v19-hbas0005/es/contenidos/informacion/hbas_ad_comision_normativa/es_hbas/adjuntos/reglamento_uso_historia_clinica.pdf

lunes, 3 de diciembre de 2012

Identificar qué personas pueden acceder a ellos.

Para poder abordar este tema, primero que nada debemos conocer claramente el  concepto de  expediente clínico,  el cual se entiende como el conjunto de documentos escritos, gráficos, imagenológicos, o de cualquier índole, en las cuales el personal de salud deberá hacer los registros, anotaciones y certificaciones correspondientes a su intervención. Se incluyen también las notas, reporte y hojas de evolución.

Sin embargo los problemas empiezan cuando surge la pregunta de  quién es el  eventual “propietario” y las personas que pueden acceder a él?  Ante esta interrogante podemos recurrir a la NOM-168  el cual nos menciona que “los expedientes clínicos son propiedad de la institución y del prestador de los servicios médicos  (NOM, num, 5.3).  No obstante se podrá entregar un resumen clínico, siempre y cuando el paciente o los familiares con  previa autorización  lo  soliciten de manera escrita.


Bajo el epígrafe de usos de la Historia, la Ley ha incluido la regulación de quiénes pueden acceder a la misma, los profesionales además de los directamente se relacionan con el proceso asistencial  del paciente, también se reconoce el derecho de acceso con fines judiciales, epidemiológicos, de  salud pública, de investigación o de docencia.
El acceso con estos fines obliga a preservar los  datos de identificación personal separados de los clínico-sanitarios para asegurar el anonimato,  salvo consentimiento del paciente para no separarlos. Se exceptúan los supuestos de  investigación judicial en los que se considere imprescindible la unificación, en los cuales se estará  a lo que dispongan jueces y tribunales en el proceso correspondiente.

Otro tipo de personal al que se le reconoce un derecho de acceso, aunque restringido, es
al personal de administración y gestión de los centros sanitarios, que sólo puede acceder a los  datos de la historia clínica relacionados con sus propias funciones.
Finalmente, se determina que el personal sanitario debidamente acreditado que ejerza
funciones de inspección, evaluación, acreditación y planificación, tendrá acceso a las historias  clínicas en el cumplimiento de sus funciones de comprobación de la calidad de la asistencia, el  respeto de los derechos del paciente o cualquier otra obligación del centro en relación con los  pacientes y usuarios o la propia Administración sanitaria.




El balance es positivo: los ciudadanos, al menos quienes tienen acceso a servicios públicos, cuentan con una poderosa herramienta para mejorar la protección de sus derechos. El papel del IFAI ha ayudado a configurar un paciente más informado y con mayores instrumentos para activar la rendición de cuentas a los servidores públicos, así como a incentivar un mejor desempeño. No a si mismo , se requiere afinar la herramienta para paliar sus efectos secundarios.



Saber más:
biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/592/5.pdf

domingo, 25 de noviembre de 2012

Identificar conflictos éticos más frecuentes:


La ética no se preocupa tanto de lo que es correcto o incorrecto, cuanto de cuál es la mejor solución a un problema. Dicho de otro modo, la ética no aspira a lo bueno sino a lo mejor, a lo óptimo. Lo cual es muy importante cuando se trata de la salud de las personas. La obligación del médico no es indicar al paciente un tratamiento que no sea malo o incorrecto, sino proponerle el mejor posible. En medicina cualquier solución distinta de la óptima no es de recibo. Y esto que se dice del acto puramente clínico, vale también para su dimensión ética. Lo que la ética busca es optimizar la solución a los conflictos de valor. Sólo de este modo conseguiremos incrementar la calidad de nuestras decisiones.


Los casos clínicos, se analizan de acuerdo con un método o procedimiento. No se pretende decir al profesional lo que tiene que hacer, o darle las soluciones a sus problemas concretos. Entre otras cosas, porque sería imposible prever todas las situaciones posibles. Lo que se desea es ofrecer un procedimiento de análisis de los conflictos de valor, a fin de que pueda resolverlos de modo prudente o responsable. No se intenta, pues, dar soluciones –que, por
lo demás, siempre serán responsabilidad del médico que se halle a cargo del caso– sino ofrecer un estilo de análisis y manejo de los casos, que el profesional pueda aplicar a las situaciones concretas que en su práctica clínica se le presenten.

El procedimiento de análisis de los casos
El método de análisis que proponemos es el de la deliberación. El objetivo de la deliberación es la toma de decisiones prudentes o razonables. No se trata de que todo el mundo adopte la misma decisión ante un caso concreto, sino que todos, tomen la que tomen, lleguen a decisiones prudentes. Se trata de incrementar la prudencia de las decisiones elegidas, aunque éstas no coincidan entre sí. El hecho de que las decisiones varíen entre las personas no es
problema grave, siempre y cuando todas sean prudentes. La deliberación es un procedimiento que intenta enriquecer el análisis a fin de incrementar la prudencia.


Los Valores

La deliberación tiene por objeto identificar el curso óptimo ante un conflicto. Cuando no hay conflicto, no es necesario deliberar. La deliberación moral se propone buscar el curso óptimo de solución de un conflicto moral. Y un conflicto moral es siempre y necesariamente un conflicto de valores. El término valores se utiliza aquí por su gran amplitud y su máxima ambigüedad. Valores son todas aquellas cosas que son importantes para un ser humano y que nos exigen respeto. Así, la vida es un valor, la salud también es un valor, como lo es también el respeto de las creencias religiosas, o las tradiciones de las personas, etc.


Pues bien, si la deliberación tiene por objeto ver cuál es la salida óptima de un conflicto moral, y el conflicto moral es siempre y necesariamente un conflicto de valores, resulta que un punto fundamental del método de la deliberación es la identificación de los valores en conflicto. Para que haya conflicto, tiene que haber dos o más valores que nos exijan respeto y que se opongan entre sí, o que no sea posible tomar en consideración a la vez

Los Deberes

La ética es una disciplina práctica: siempre tiene por objeto hacer, tomar decisiones. Y la cuestión es saber qué decisión debemos tomar, es decir, qué debemos hacer. Lo que debemos hacer es siempre lo mismo, realizar valores positivos, lesionar los lo menos posible. De ahí que una vez identificados los valores en conflicto en un caso concreto, tengamos que buscar las salidas que tiene ese conflicto. Esto es lo que técnicamente se denominan “cursos de acción”.


A continuación les mencionare y describiré algunos de los conflictos más frecuentes con los que se encuentra el profesional y se dan orientaciones para su manejo.

Problema 1

Limitación del esfuerzo terapéutico (LET)


Caso clínico 

Paciente de 26 años de edad, madre de 2 hijos, que ingresa en la Unidad de Grandes Quemados (UGQ) por quemaduras profundas en el 75% de la superficie corporal y lesiones pulmonares por inhalación, tras ser rociada con gasolina y quemada por su marido.Tras 5 meses de permanencia en la UGQ, se consigue la extubación. Presenta como secuelas la amputación de pierna derecha por debajo de la rodilla y rigideces de ambos brazos con manos en garra y amputación de algunos dedos. Se inicia la rehabilitación en la planta con la compañía de su madre y las hijas. Un año después del episodio, permanece ingresada en la UGQ por episodios recurrentes de sepsis de punto de partida urinario y presenta una gran escara sacra. Para el control del dolor está en tratamiento con amitriptilina, bolos de ketamina, gabapentina y parches de fentanilo transdérmico, lo que le produce cierto grado de desconexión del medio. En el último episodio de sepsis, algunos médicos del Servicio plantearon la limitación del esfuerzo terapéutico (LET), porque consideraban que la paciente presentaba una actitud apática, no colaboraba en la rehabilitación, rechazaba la alimentación oral y tras 13 meses de ingreso desde el comienzo del cuadro, existía un estancamiento en su evolución clínica.


Valores en conflicto

El conflicto se plantea entre el derecho del paciente a la vida y a recibir una atención científica y humana que le aporte calidad de vida y la obligación del médico de no infligir daño a sus pacientes y, por lo tanto no iniciar o suspender tratamientos cuando no puede ofrecer una calidad de vida aceptable para el paciente, aunque exista un riesgo de muerte.


Cursos extremos de acción

1. Limitar el esfuerzo terapéutico, no iniciando tratamiento antibiótico ni de soporte hemodinámico y sedar para evitar sufrimiento.
2. Aplicar el tratamiento antibiótico y el soporte hemodinámico adecuado.

Cursos intermedios de acción

1. Explorar la voluntad de la paciente y si la apatía se debe a su voluntad de no continuar con los tratamientos o al efecto de los analgésicos que está tomando.
2. Evaluar la capacidad de la paciente, para ver si es o no competente para tomar decisiones autónomas.
3. Analizar el núcleo familiar. La enferma es muy joven, 26 años, y tiene dos hijos. Su deseo de continuar o no viviendo va a depender en buena medida de la situación de sus hijos.
4. Asegurar a la paciente que la no utilización de procedimientos más agresivos, como antibióticos, no significa que se le vayan a retirar las medidas

Curso(s) óptimo(s) propuesto(s)

En general antes de tomar la decisión de omitir un tratamiento, es necesario evaluar los riesgos y beneficios para el paciente. Cuando se trata de pacientes competentes, tienen derecho a decidir en función de su proyecto vital. Cuando el paciente es incompetente, el tratamiento no es obligatorio, si los daños superan ampliamente a los beneficios. En el caso presentado, se instauró tratamiento antibiótico y soporte hemodinámico, Cuando desapareció el cuadro séptico, se redujo la sedoanalgesia con lo que mejoró el nivel de conciencia y la colaboración de la paciente en su rehabilitación. Lo que se interpretó como indiferencia al medio, no colaboración y rechazo de la alimentación, desapareció con la modificación del tratamiento. En la actualidad se esta introduciendo la alimentación por vía oral, continúa con la rehabilitación y realiza planes de futuro con su familia.


Recomendaciones

La LET se realiza en la Unidades de Cuidados Intensivos de diferentes formas:
no aceptando el ingreso de determinados pacientes, no iniciando medidas de soporte vital (incluida la RCP) o retirando éstas una vez instauradas. En la actualidad representa entre el 30 y el 45% de las muertes en las Unidades de Críticos, aunque las estadísticas son muy variables, debidas unas veces a las reservas de los profesiones ante este tipo de cuestiones, y otras a las diferencias en el modo de concebir la LET. Uno de los aspectos fundamentales a la hora de retirar o no iniciar un tratamiento de soporte vital es determinar cómo se toma la decisión. La mayoría de los pacientes no pueden expresar sus preferencias, por lo que la familia adquiere un papel fundamental, pero no es la responsable de la decisión. En general suele ser la enfermera, porque pasa más tiempo a la cabecera del paciente, la que sugiere al médico esta posibilidad, pero puede surgir del propio paciente, de los familiares o del médico responsable. Cuando se trata de pacientes crónicos o de tratamientos a muy largo plazo, lo
primero que hay que plantearse es si se trata de una decisión con fundamento clínico o si traduce una desmoralización o claudicación de los cuidadores. Si existe una base clínica que justifique la decisión, deben recabarse más opiniones o consultar al resto del equipo. Lo mejor es tomar una decisión colegiada, muchos equipos no aceptan retirar medidas si no existe el acuerdo de todo el equipo. Para ello, se presenta el caso en sesión clínica y, tras discutirlo, se sigue el curso de acción que ha recibido el respaldo de todos los profesionales implicados en la asistencia. En caso de que existan discrepancias, éstas deben estar fundamentadas en razones médicas, y aquellos que las propongan deben presentar alternativas terapéuticas para el paciente, evitando el oponerse o abstenerse alegando motivos de conciencia. Como en todos los tratamientos de soporte vital hay que revaluar la situación con cierta periodicidad, para evitar someter a los pacientes a terapéuticas desproporcionadas.

Problema 2

El uso de los analgésicos potentes


Caso clínico

Enfermo de 31 años de edad, soltero e hijo único, que vive solo en la capital de la provincia. Hace unas semanas ha sido diagnosticado de un cáncer de páncreas. Su calidad de vida se ha ido deteriorando rápidamente y entre otros síntomas presenta un dolor de intensidad 8-9 sobre 10 en la Escala Visual Analógica y una caquexia y debilidad extremas que le obligan a permanecer casi todo el día postrado en cama. Ante esta situación, los padres, de edad avanzada, que viven en un pequeño pueblo de la provincia, deciden venir a la casa de su hijo para cuidarlo.
El médico de atención primaria lo visita con frecuencia pero para el alivio de su dolor lo más enérgico que le ha prescrito es tramadol porque dice que los calmantes más fuertes pueden ser peligrosos y que, al estar tan debilitado, le pueden llegar a dificultar la respiración. La madre del paciente, muy creyente, añade que, además, el dolor le puede ayudar a saldar sus deudas con Dios por una vida no precisamente ejemplar.
El día de ayer el médico del Centro de Salud le ha remitido al Servicio de Urgencias del Hospital por vómitos difíciles de controlar. Finalmente es ingresado en la Unidad de Medicina Paliativa del centro. A su ingreso, y además de los vómitos citados, el enfermo se queja de dolor extenuante, pero la madre insiste en que preferiría que no se le pusiera morfina
por lo que le ha dicho el médico de cabecera y por sus propias convicciones. El enfermo solamente se queja, llora y dice que así no quiere vivir y clama porque todo termine “cuanto antes”.

Valores en conflicto

• Un valor es el bienestar del paciente, que se vería muy incrementado con el alivio del dolor.
• El otro valor es la vida, que se teme acortar mediante el uso de mórficos.

Cursos extremos de acción

1. Empezar a administrar inmediatamente morfina ya que sería el tratamiento perfectamente indicado, independientemente de lo que opine la madre.
2. Hacer caso a la madre del enfermo y continuar dándole analgésicos más suaves.


Cursos intermedios de acción

1. Hablar serena mente con el enfermo y explorar sus sentimientos y sus opiniones, que hasta este momento nadie ha tenido demasiado en cuenta (la madre se ha hecho “portavoz” de su hijo en todo momento).
2. Emplear el tiempo necesario con la familia del enfermo, haciéndola ver que no hay tal peligro por usar analgésicos fuertes teniendo en cuenta la intensidad del dolor. De la misma manera, debemos explicarles que los médicos tenemos la obligación de intentar suprimir o aliviar el dolor siempre que ello sea posible y que hay otras formas de reconciliarse con Dios y con uno mismo sin necesidad de padecer tanto dolor.
3. Hablar con el capellán del hospital para que nos acompañe en la entrevista con los familiares o que les cite él mismo independientemente y les haga ver que es perfectamente compatible el alivio del dolor a base de analgésicos tan potentes como sea necesario con la eventual salvación del alma.
4. Intentar contactar con uno de los médicos de la zona rural donde habitualmente viven los padres, conocido de ellos y, casualmente, antiguo residente del hospital y con las ideas bastante claras al respecto.


Curso(s) óptimo(s) propuestos

Como siempre, los cursos extremos son des aconsejables por imprudentes y cabría explorar los cursos intermedios. En el caso que nos ocupa, los cursos intermedios se podrían valorar incluso por el orden descrito más arriba. Lo primero sería hablar con el enfermo y conocer de
primera mano su opinión, sus deseos y sus expectativas. Lo que parece más probable es que el enfermo estuviera dispuesto a recibir la morfina necesaria si se le explican bien las cosas y, sobre todo, si evita el enfrentamiento con su madre, de la que parece tener una considerable dependencia. Por eso el segundo paso, casi simultáneo, sería hablar con la madre, si fuese necesario con la colaboración del capellán y explicarle sinceramente nuestro criterio, la seguridad de que conocemos muy bien el uso de los analgésicos potentes, que los utilizamos a diario con centenares de enfermos y que son fármacos muy seguros y completamente necesarios para su hijo. Igual esfuerzo deberemos hacer para intentar convencerla de que el uso de estos analgésicos y el alivio del dolor no están reñidos con ninguna religión. De ser necesario se intentaría el concurso del médico del pueblo, conocido por la familia del que hablamos en el punto 4.


Recomendaciones

La familia en nuestros países latinos y católicos (de Europa y de América) y a diferencia de la anglosajona y protestante, es muy paternalista/proteccionista y ello genera frecuentes problemas en la atención a los enfermos. Un conflicto muy frecuente, casi diario y tratado en otro capítulo de esta guía, es la demanda por parte de los familiares de que ocultemos al enfermo el diagnóstico y el pronóstico. Pero también hay otros, como el caso que nos ocupa, quizá menos frecuentes pero igualmente perturbadores. Siempre que exista disparidad de criterios entre el enfermo, los familiares y el equipo terapéutico, el esfuerzo debe dirigirse a lograr el acuerdo. Suministrar al enfermo los cuidados que estén indicados (tratamientos o información) sin el acuerdo de los familiares suele traer problemas importantes a lo largo del proceso. A los familiares los vamos a necesitar como aliados y no como enemigos. El tiempo que dediquemos a los familiares siempre será un tiempo muy provechoso, por el bien de los familiares y también por el del propio enfermo. Algo que nunca debemos olvidar es que, después de fallecido el enfermo, la elaboración del duelo de sus seres queridos va a depender en gran medida de cómo se hayan desarrollado los acontecimientos en la etapa final de la vida del familiar muerto. La elaboración de la pérdida sólo se hará adecuadamente cuando los deudos tengan la seguridad de que con su ser querido se ha hecho todo lo que había que hacer y de la mejor manera posible. Cualquier duda o resquemor que quede puede atormentar de por vida a los supervivientes e imposibilitar el re-equilibrio familiar.
Por lo que respecta al comentario final del enfermo:“que todo termine cuanto antes”, habría que decir que es perfectamente explicable en el contexto de semejantes deficiencias en la atención y que ese tipo de demandas desaparecen casi siempre cuando el paciente recibe unos cuidados esmerados.
Finalmente, es preciso resaltar la necesidad de seguir insistiendo en la formación continuada en cuidados paliativos de los profesionales de la salud para eliminar definitivamente los mitos y leyendas alrededor de la morfina, muy frecuentes
y siempre peyorativos y falsos.


Para Saber Mas:
http://detotselscolors.wordpress.com/tag/conflictos-eticos-en-enfermeria/
http://www.ffis.es/ups/trabajos_ceudsb/Identificacion%20de%20los%20conflictos%20eticos%20que%20afectan%20a%20la%20enfermeria%20hospitalaria.%20Lucia%20Bernal.pdf
http://www.fcs.es/docs/publicaciones/Guia_etica_cuidados_paliativos.pdf